INSTITUTO DE ESTUDIOS DEL TERRITORIO
RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2024 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las ayudas para actuaciones de corrección de impactos paisajísticos destinadas la personas físicas, gestionadas por el Instituto de Estudios del Territorio, y se establece su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento MT402La), tramitado como expediente anticipado de gasto.
En concreto, podrán ser objeto de subvención las siguientes actuaciones:
la) Actuaciones de restauración y/o revestimiento de elementos de fachada.
b) Final, renovación y/o relevo del acabamiento exterior de cubiertas.
c) Recuperación, restauración y/o revestimiento de muros de cierre de terrenos.
En ningún caso se subvencionarán actuaciones que no tengan carácter integral. Se entiende por actuación de carácter integral aquella intervención que garantiza la corrección del impacto paisajístico que justificó la concesión de la subvención. No serán, por lo tanto, subvencionables aquellas actuaciones de carácter parcial que no abarquen la totalidad de los @paramento degradados de un inmueble y/o el arreglo o relevo de todos los paños de una cubierta en mal estado.
Personas beneficiarias y requisitos de las solicitudes:
1. Podrán ser beneficiarias de esta subvención las personas físicas titulares de un inmueble o bien sobre lo que pretendan realizar alguna/s de las actuaciones establecidas en el ordinal segundo de la presente resolución.
2. Solo cabrá presentar una solicitud por persona y bien. Cada solicitud podrá contener varias actuaciones.
3. La persona solicitante deberá ser propietaria del terreno, inmueble o bien en que se pretende realizar las actuaciones y deberá acreditar su plena disponibilidad, como mínimo, durante el período en que se mantienen los deberes que asume el beneficiario de la ayuda previstas en el ordinal 19.
Todas las actuaciones deberán contar, siempre y en todo caso, con la comunicación previa o, de ser necesaria, la correspondiente licencia municipal.
El importe de la subvención será del 70 % del presupuesto de la inversión subvencionable (presupuesto aceptado por el Instituto de Estudios del Territorio teniendo en cuenta el valor de mercado), con el límite máximo de 3.000 € por solicitante y bien.
El plazo de presentación de solicitudes será de un (1) mes y se iniciará en 7 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia
APERTURA PLAZO SOLICITUD: 20 DE ENERO
La ayuda tramitara obligatoriamente por MEDIOS TELEMATICOS.
Toda la INFORMACIÓN: https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2025/20250109/AnuncioG0192-271124-0001_gl.pdf
Si precisas ayuda para la tramitación desde el departamento de empleo del Ayuntamiento de A Estrada te echamos una mano; puedes llamarnos al teléfono 986 677 740 en horario de 9.00 a 14.00 horas o pasarte directamente por nuestras oficinas sin necesidad de cita previa.